Seguridad Social

El 25 de noviembre de 2018, los líderes europeos alcanzaron un acuerdo sobre los términos del Acuerdo de Retirada de Reino Unido de la Unión Europea (aunque el mismo fue revisado en octubre de 2019) y que, tras ser rechazado en varias ocasiones, finalmente fue aprobado por el Parlamento Británico el 20 de diciembre de 2019 (puede consultar los principales hitos de las negociaciones en la página web de la Comisión Europea).

Como consecuencia de dicho Acuerdo de Retirada, firmado por el Gobierno británico y las instituciones comunitarias, el Reino Unido ha perdido su condición de Estado miembro de la Unión Europea y es considerado un tercer país. Aunque el Acuerdo de Retirada entró en vigor el 1 de febrero de 2020, durante un periodo transitorio que duró hasta el 31 de diciembre de 2020, le fue de aplicación todo el Derecho de la Unión Europea.

Tras el Brexit, la Unión Europea respetará los derechos adquiridos de aquellas personas que, confiando en el proyecto europeo, hubieran hecho uso de la libre circulación de trabajadores hasta la fecha de finalización del periodo transitorio; igualmente, se garantizarán los futuros derechos que puedan adquirirse en base a los trabajos realizados con anterioridad a dicha fecha.

Para el Gobierno de España, la cuestión relativa a los derechos de los ciudadanos ha sido una de las principales prioridades durante todas las negociaciones, toda vez que un importante número de españoles han trabajado o trabajan en la actualidad en el Reino Unido, y una comunidad especialmente afectada sería la de los trabajadores fronterizos que realizan su actividad en Gibraltar.

El Acuerdo de Comercio y Cooperación abarca no solo el comercio de bienes y servicios, sino también una amplia gama de ámbitos de interés para la Unión Europea, como la inversión, la competencia, las ayudas estatales, la transparencia fiscal, el transporte aéreo y por carretera, la energía y la sostenibilidad, la pesca, la protección de datos e incluye el Protocolo de coordinación de la seguridad social.

A partir del 1 de enero de 2021, será de aplicación el Protocolo de Coordinación de Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por la otra parte.

En cuanto a la coordinación de la seguridad social, el Protocolo de Coordinación de seguridad social establece que los Estados miembros y el Reino Unido coordinen sus sistemas de seguridad social a fin de garantizar los derechos de seguridad social de las personas cubiertas por el mismo.