El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o están integradas en una unidad de convivencia y carezcan de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Se configura, por lo tanto, como un derecho subjetivo a una prestación económica que garantiza el nivel mínimo de renta y opera como una red de protección que tiene una doble finalidad:
Asimismo, el IMV es intransferible y se prolongará mientras se mantenga la situación de vulnerabilidad económica y los requisitos que originaron el derecho a percibirla.
El IMV se aprobó el 29 de mayo de 2020, en un contexto de exigencia y necesidad, a consecuencia de la pandemia, y en diciembre de 2021 se consolida en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.