Plan Estratégico de Subvenciones

La Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

 

En su cumplimiento, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2024-2026 con el objetivo de ayudar a la planificación, la ejecución y el seguimiento de las subvenciones gestionadas por el Ministerio.  De esta forma se dota al Ministerio de una herramienta que facilitará mayores cotas de eficacia y eficiencia en la gestión, un funcionamiento más transparente, y un mejor servicio a ciudadanos y entidades.

Plan Estratégico de Subvenciones (PES) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 2024-2026