Documentación orientativa para acreditar los requisitos de las autorizaciones previstas en la ley 14/2013

En la Ley 14/2013 no se establece con carácter general un listado concreto de la documentación exigible para presentar junto con las solicitudes de las distintas autorizaciones. Por tanto, en lo no previsto expresamente por la norma, el cumplimiento de los requisitos que sean exigibles se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

No obstante, sin perjuicio de que puede presentarse cualquier otra documentación, a modo orientativo se podrá considerar como suficiente la siguiente:

Documentación general, a presentar en todosDocumentación general, a presentar en todos los casos de autorizaciones iniciales: los casos de autorizaciones iniciales:

Documentación específica para presentar para cada tipo de autorización, además de la documentación general:

Documentación específica para presentar para cada tipo de autorización, además de la documentación general:

Documentación relativa a familiares:

Documentación relativa a renovaciones: