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07/06/2022

Protección Internacional para desplazados ucranianos

Temas:

  • Entrada en España
  • Trámites administrativos

La Protección Internacional otorga derecho a asilo para personas refugiadas y extranjeras no refugiadas en situación de riesgo que no pueden regresar a su país.

¿Quiénes pueden solicitar Protección Internacional?

Todas aquellas personas que teman regresar a Ucrania por sus opiniones políticas, religiosas, étnicas, de nacionalidad, su orientación sexual, su identidad de género o por ser víctima de violencia de género, pueden solicitar la Protección Internacional además de la Protección Temporal, aunque no se pueden disfrutar al mismo tiempo.

Su solicitud autoriza la permanencia en España durante todo el procedimiento, con libertad de movimiento por todo el territorio, aunque con la obligación de comunicar el domicilio a la Oficina de Asilo y Refugio.

Si careces de medios económicos para mantenerte puede acudir al Sistema de Acogida.

¿Qué diferencia hay con la Protección Temporal? 

La protección internacional garantiza la no devolución, la no expulsión, no extradición ni deportación al territorio del país de origen y no tiene una duración limitada. 

Además, el proceso para solicitarla es más lento que la Protección Temporal porque  incluye una primera evaluación del cumplimiento de los requisitos y de las necesidades.

A esta primera fase le siguen las de intervención y acompañamiento personalizados, orientadas a la adquisición gradual de autonomía. Una vez logrados, disfrutarás de la condición de apátrida de manera indefinida. 

El proceso puede suponer unos 18 meses, pudiendo extenderse a 24 meses en caso de personas vulnerables que requieran de mayor intervención y acompañamiento. 

¿Es la Protección Internacional compatible con la Protección Temporal?

Se puede solicitar además de la protección temporal pero si te la aprueban, sustituye a la temporal por ser más amplia.

¿Qué pasos hay que dar?

Para solicitar protección internacional en España es necesario estar en territorio español o en algunas de sus fronteras. 

  • Si estás en España debes presentarte en las Oficinas de tramitación para ciudadanos extranjeros.Cuentan con un sistema de cita previa
  • Si estás en una frontera española, ya sea un aeropuerto, un puerto o una frontera terrestre se debe comunicar a la Policía Nacional o Guardia Civil la voluntad de solicitar la protección internacional. 

Estando en un Centro de Internamiento o en prisión también se puede realizar la solicitud. Solo tienes que comunicárselo a la dirección del centro.

Una vez realizada la solicitud, las autoridades te convocarán a una cita para mantener una entrevista individual. El encuentro es totalmente confidencial y el solicitante tiene derecho a la asistencia de abogado y de intérprete.

Durante la entrevista se recogerán tus datos personales, familiares, educativos y profesionales, con todos los detalles posibles como el trayecto del viaje desde Ucrania hasta llegar a España y los motivos para solicitar protección internacional.

Es importante explicar de manera detallada por qué el temor a perder la vida o los derechos fundamentales va más allá de la situación de guerra. Puede ser por motivos políticos, religiosos, étnicos, de nacionalidad, profesión, orientación sexual, identidad de género…

Conviene también tener en cuenta que el haber entrado a la UE por otro Estado o tener familiares en algún Estado miembro, puede afectar a la solicitud. En caso de duda, los servicios jurídicos de los Centros de Ayuda al Refugiado CEAR pueden atenderte. 

Todo el itinerario se desarrollará en la misma provincia en la que se inició, salvo excepciones.