Alrededor de 295.000 catalanes en el exterior votarán en las elecciones al Parlamento de Cataluña Panorama

El próximo 12 de mayo de 2024 se celebrarán las elecciones al Parlamento de Cataluña. Casi 295.000 catalanes residentes en el exterior están llamados a las urnas. Os contamos el procedimiento a seguir para emitir el voto desde el exterior.

De los 5.754.840 electores catalanes que podrán votar en las próximas elecciones al parlamento de esta comunidad el próximo 12 de mayo, 294.508 residen en el extranjero y están inscritos en el Ceso Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El número de votantes desde el exterior supone un 5,12% del total.

Los electores catalanes residentes en el exterior votarán a su parlamento sin necesidad de solicitud previa, tras la supresión del voto rogado.


 

La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Previamente, podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE del 24 de marzo al 1 de abril.

El primer envío se realizará entre el 6 y el 12 de abril. En este, recibirán dos certificados de inscripción en el censo electoral, un sobre de votación, un sobre con la dirección de la oficina consular, otro sobre con la dirección de la Junta Electoral en España y una hoja informativa con las instrucciones de cómo votar que contendrá la relación de los centros habilitados para el depósito del voto en urna.

El segundo envío ya incluirá las papeletas oficiales de las candidaturas y se llevará a cabo entre el 17 y el 21 de abril si no hay impugnaciones, y no más tarde del 27 de abril, en el caso de que hubiese impugnaciones.

Las papeletas se podrán descargar igualmente de forma telemática una vez publicadas por Generalitat de Cataluña.

Una vez recibida toda la documentación, podrán emitir su voto por correo del 17 de abril al 7 de mayo, ambos inclusive, mediante su envío a la oficina consular correspondiente. Si se prefiere, el voto se podrá presentar de forma presencial entre el 4 y el 9 de mayo, ambos incluidos, en los centros habilitados para tal fin.


 

Si se encontrase temporalmente en España en los plazos señalados, podrán solicitar el voto por correo, bien por internet, en la página web de Correos, o bien en cualquier oficina de Correos desde la convocatoria de las elecciones y hasta el 2 de mayo. Una vez que la Oficina del Censo Electoral le remita la documentación, podrán enviar su voto a la Junta Electoral por correo certificado, hasta el 8 de mayo.

Residentes temporales (ERTA)

Los electores residentes en Cataluña que se encuentren temporalmente en el extranjero (ERTA) deberán figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación a Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 13 de abril. Esta solicitud se entregará personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación hasta el 30 de abril. Una vez recibida, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no pasado el día 8 de mayo.

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