La Consejería de Trabajo en Reino Unido resuelve las dudas sobre la pensión de jubilación tras el Brexit - Carta España
Ruta de navegación
- Inicio
- Carta España
- Panorama
- Detalle
Banner_Cabecera
Publicador de contenidos

La Consejería de Trabajo en Reino Unido resuelve las dudas sobre la pensión de jubilación tras el Brexit Panorama
En un webinario online, Blanca Cano, Consejera de Trabajo, e Irune Fernández, Asesora de Información, han explicado cómo afecta el brexit a la pensión de jubilación y asistencia sanitaria de los trabajadores que hayan cotizado en Reino Unido y España.
El 20 de junio ha tenido lugar un webinario telemático organizado por la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de Reino Unido e Irlanda. En el evento han tratado de resolver las dudas más habituales sobre cómo afecta el Brexit a la pensión de jubilación y asistencia sanitaria de aquellos trabajadores que hayan cotizado en Reino Unido y España.
En la ponencia, la Consejera de Trabajo, Migraciones y Seguridad social en Reino Unido y con acreditación en Irlanda, Blanca Cano, y la asesora de información de este organismo, Irune Fernández, han hecho un amplio repaso sobre este tema de gran interés para la ciudadanía española que trabaja o ha trabajado en Reino Unido y quiere conocer cómo queda su situación tras la salida de este país de la Unión Europea en 2020.
Cano ha comenzado explicando la importancia de los principios de coordinación de seguridad social, como la totalización de cotizaciones, es decir, que, a la hora de acceder a la pensión de jubilación, u otras prestaciones de la seguridad social, se tendrán en cuenta siempre los periodos que se haya cotizado en Reino Unido y España. Pero también han señalado que las cotizaciones “no viajan de un país a otro, tus cotizaciones trabajadas en Reino Unido se quedan allí, aunque se tendrán en cuenta a la hora de acceder a una pensión por jubilación”.
También es importante conocer las diferencias entre la pensión de jubilación en España y en Reino Unido. Mientras que la pensión en Reino Unido es fija, en España se calcula basándose en el salario, con una referencia de 25 años. A la hora de tramitar la pensión, se hará un doble cálculo cuando se cumplan los requisitos establecidos para ello: uno teniendo en cuenta solo los periodos cotizados en un país y otro teniendo en cuenta ambos, si bien cada Estado abonará únicamente la pensión a prorrata en función del porcentaje de años cotizados en este país. De esta forma, cada Estado abonará la pensión más elevada que se obtenga de este doble cálculo.
“La persona que solicita una pensión tenéis que ser muy sinceros, si no se comenta que se ha trabajado en otros países, va a ir en perjuicio vuestro, para que os lo calculen por convenios comunitarios y os den la mejor opción para vosotros. Hacen los dos cálculos y le van a dar el más ventajoso”, ha señalado Fernández.
Para el pago de la pensión española en el extranjero hay que tener en cuenta que esta se exporta a todos los países y que son abonadas por España libres de gastos, sin perjuicio de los posibles costes bancarios en el país de destino. Finalizado el plazo de presentación de Fe de vida, se suspende el pago de la pensión de aquellos pensionistas residentes en el extranjero que no hayan acreditado su vivencia. Este último punto es muy importante y han destacado la utilización de la aplicación vivess, que te permite acreditar este hecho desde el extranjero sin necesidad de tener un certificado digital o DNI electrónico.
La solicitud de la pensión se hará en el lugar de residencia, en uno de los dos países, puesto que las instituciones británicas y españolas colaboran entre sí. En España se puede solicitar online o presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social. El trámite telemático se podrá hacer a través de su sede electrónica mediante cl@ve o certificado. En caso de que no disponga de ellos, se podrá solicitar identificación mediante selfie.
Reino Unido, por su parte, enviará una carta dos meses antes de su jubilación, indicándole los trámites a seguir. Si resides en este país y quieres solicitar la pensión española, no tendrás que hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, sino que habrá que realizarla en Reino Unido mediante el formulario CFN 901 al International Pension Centre.
Asistencia sanitaria
Para finalizar el webinar, la Consejera de Trabajo ha dado las claves respecto a la asistencia sanitaria, donde ha distinguido entre desplazados, es decir, trabajadores enviados a Reino Unido por su empresa de España por un período máximo de 24 meses; los españoles sujetos a la legislación de Reino Unido; y los pensionistas de España que residen en UK.
Los primeros deberán tramitar un visado de trabajo y abonar el recargo sanitario (IHS), del que podrán solicitar su rembolso más adelante. Además, deberán tramitar el A1 en la Tesorería General de la Seguridad Social y el documento S1 en el INSS.
Los españoles sujetos a la legislación de Reino Unido no tendrán que realizar ningún trámite en España. Por su parte, habrá diferencias entre los pensionistas que cobran pensión de España, que deberán inscribir el S1 emitido por España en UK, con lo que se transfiere su derecho de asistencia sanitaria; y los que cobran pensión británica, cuya asistencia sanitaria es competencia de este país y no de España.
Toda esta información se puede ampliar en las guías sobre el tema disponibles en la página web de la Consejería; dirigiéndote presencialmente a la Consejería o a través de sus teléfonos de contacto; o a través de sus redes sociales en Facebook y X.
Buscador [RESTYLING]
Banner_guias
NIPO: 121-21-001-7