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Consulta Pública previa a la elaboración del proyecto de orden Ministeral por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.
Consulta Pública previa a la elaboración del proyecto de orden Ministeral por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.
10-03-2025
El día 7 de marzo de 2025, se publicó, de conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sustancia, con carácter previo a la elaboración del borrador articulado de la orden por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería, una consulta pública con el objeto de recabar la opinión y las propuestas de mejora de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Los eventuales interesados podrán participar remitiendo sus aportaciones a través del portal web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, «Participación pública en proyectos normativos», subsección «Consulta pública previa», conforme a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, publicado por la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre. Puede acceder también, a través del siguiente enlace: https://expinterweb.inclusion.gob.es/iparticipa/form/2025004.
Al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita documento con información sobre el proyecto normativo.
La consulta pública estará abierta hasta el 24 de marzo de 2025 inclusive.
Comunicado de no exigencia de desistimiento de protección internacional
Comunicado de no exigencia de desistimiento de protección internacional
26-02-2025
Habida cuenta de la naturaleza excepcionalísima y fuera del ámbito del régimen general de Extranjería de los permisos de residencia que contempla la Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2025, no se exigirá el previo desistimiento de la solicitud de protección internacional de las personas que se hallen en tal situación para acceder a uno de estos permisos.
Criterio interpretativo sobre el cómputo global de la jornada laboral semanal en arraigos, del RD 1155/2024, de 19 de noviembre
Criterio interpretativo sobre el cómputo global de la jornada laboral semanal en arraigos, del RD 1155/2024, de 19 de noviembre
26-02-2025
Desde la Dirección General de Gestión Migratoria se procede a publicar un Criterio Interpretativo sobre el cómputo global de la jornada laboral semanal a que se refiere la regulación de los arraigos, recogidos en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025
Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Quinta del RD 1155/2024, de 19 de noviembre.
Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Quinta del RD 1155/2024, de 19 de noviembre.
30-01-2025
Desde la Dirección General de Gestión Migratoria se ha publicado en el día de hoy una Nota Aclaratoria en relación con la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se vuelven a aceptar los pasaportes venezolanos caducados
Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se vuelven a aceptar los pasaportes venezolanos caducados
14-01-2025
Hoy, 14 de enero de 2025, se ha publicado la Instrucción conjunta del DG de Gestión Migratoria y el Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se vuelven a aceptar los pasaportes venezolanos caducados. La mejora en los servicios renovación de los pasaportes venezolanos en las oficinas consulares de Venezuela en España no se ha perfeccionado en su integridad, detectándose que muchos ciudadanos venezolanos continúan imposibilitados para renovar su pasaporte y, por lo tanto, para acceder a los procedimientos de extranjería, por lo que, a partir del día de la fecha de la citada Instrucción, se otorgará validez a los pasaportes caducados de aquellas personas nacionales de Venezuela para la tramitación y continuación de cualquiera de las autorizaciones y permisos regulados en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero.
Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Segunda del RD 1155/2024, de 19 de noviembre
Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Segunda del RD 1155/2024, de 19 de noviembre
Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
05-11-2024 - El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el día 4 de noviembre de 2024 la Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos, que nos resultará de utilidad por lo siguiente:
En primer lugar, en materia de extranjería, esta colaboración se considera precisa a los efectos tanto de la comprobación del mantenimiento de requisitos que dieron lugar a la concesión de autorizaciones de residencia como, con carácter general, como medio de simplificación de determinados procedimientos.
Así, el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, al regular los procedimientos de autorizaciones iniciales de residencia y trabajo, establece, entre los requisitos para acceder a las mismas, que el empleador esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, siendo el órgano competente para recabar de oficio dicho informe la Dirección General de Gestión Migratoria, las Oficinas de Extranjería o el correspondiente de la comunidad autónoma, en el caso de que haya asumido competencias en la materia.
Igualmente, la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, también establece entre los requisitos exigibles a los sujetos obligados para las autorizaciones de estancia o residencia, que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.
En segundo lugar, la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, gestiona prestaciones y ayudas de carácter asistencial en cuya tramitación se hace necesaria la comprobación de la posible alta de sus solicitantes y familiares convivientes, al objeto de comprobar los ingresos declarados por los mismos.
En tercer lugar, por lo que respecta a las ayudas y subvenciones que se gestionan en el ámbito de la SEM y, en particular, las que gestionan tanto la Dirección General de Gestión Migratoria como la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 13.2, apartado e,) que «no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes (…): e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente».
Por último, también corresponde a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, como órgano de concertación competente para la concesión de la autorización de acción concertada –tanto para la gestión del sistema de acogida de protección internacional como para la gestión de programas de atención humanitaria–, la comprobación de que las entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
Por ello, en razón a cuanto antecede y de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, la SEM y la TGSS, acuerdan firmar el presente convenio de colaboración entre ambos órganos, lo que supone un paso hacia adelante en la interconexión entre Administraciones.
Puede consultar todo lo relativo al Convenio en el siguiente documento que recoge su publicación en el BOE.
Proyecto de Real Decreto XX por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería
Proyecto de Real Decreto XX por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería
22-07-2024 - Hoy ha sido publicado en trámite de audiencia e información pública el PROYECTO DE REAL DECRETO XX POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL, con el objeto de recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados el citado proyecto ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades.
Para acceder al texto completo, pincha el siguiente link:
Proyecto de Real Decreto XX por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería
En el citado link también podrás realizar aportaciones hasta el 10 de septiembre de 2024.
Acuerdos
Acuerdos
25/03/2024 - Acuerdo Interministerial de colaboración entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ministerio del Interior en materia de tramitación de autorizaciones para nacionales de terceros países que desean trabajar en el sector del transporte terrestre en España.
Autorizaciones de Extranjería
Autorizaciones de Extranjería

19-03-2024 - Se encuentra disponible la posibilidad de presentación de recursos por parte del ciudadano, a través de la Sede electrónica de Administraciones Públicas, comúnmente denominada “plataforma Mercurio”.