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20/08/2010

El Gobierno prorroga el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción

Tema:

  • Inclusión
Tendrán derecho a percibir la ayuda de 426 euros las personas desempleadas menores de 30 años, las mayores de 45, y quienes se encuentren entre los 30 y los 45 y tengan responsabilidades familiares, siempre que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la Ley 14/2009, que regula el programa y que, entre el 16 de agosto de 2010 y el 15 de febrero de 2011, extingan por agotamiento la prestación contributiva o el subsidio por desempleo. La segunda prórroga del programa se adecua a los criterios contenidos en la Resolución del reciente Debate sobre el Estado de la Nación de 20 de julio de 2010 sobre los colectivos que deben ser atendidos de forma especial por la misma.


20 agosto 10. El Consejo de Ministros en su reunión de hoy, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se prorroga por seis meses, entre el 16 de agosto de 2010 y el 15 de febrero de 2011, ambos inclusive, el programa temporal de protección por desempleo e inserción, adecuando su contenido a los criterios contenidos en la Resolución adoptada por el Congreso de los Diputados el 20 de julio de 2010, con ocasión del debate sobre el estado de la Nación.

Conforme a la norma aprobada, la prestación de protección por desempleo e inserción puede percibirse por las personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años y por las personas entre 30 y 45 años que tengan responsabilidades familiares y, a fecha de solicitud de incorporación al programa, reúnan los requisitos establecidos. Entre estos requisitos cabe destacar la extinción por agotamiento de la duración máxima de la prestación por desempleo de nivel contributivo o no contributivo y el compromiso de participar en itinerarios de inserción. Así, el programa favorece la vinculación entre la percepción de una renta de protección frente al desempleo y la participación de sus beneficiarios en itinerarios de inserción, para que aumenten sus posibilidades de acceder a un puesto de trabajo.

La cuantía mensual de la prestación equivale al 80 por 100 del IPREM que, para el ejercicio 2010, supone 426 euros.

Este programa se reguló por vez primera en agosto del pasado año mediante un Real Decreto Ley, que fue sustituido por la Ley 14/2009, de 11 de noviembre. Esta Ley habilita al Gobierno para que, teniendo en cuenta las perspectivas económicas y la situación del desempleo, pudiera prorrogar el programa por periodos de seis meses.

La primera prórroga se produjo mediante el Real Decreto 133/2010, de 12 de febrero. Al cumplirse el pasado día 15 de agosto la duración de dicho programa y mantenerse las condiciones de crisis económica y su impacto sobre el empleo que lo motivaron, el Gobierno ha decidido prorrogar por seis meses la medida, con objeto de minorar la repercusión de la situación económica sobre los desempleados, reforzando su protección frente al desempleo.

La prórroga afecta exclusivamente a los trabajadores, pertenecientes a los colectivos señalados, que extingan por agotamiento la prestación contributiva o los subsidios por desempleo entre el 16 agosto de 2010 y el 15 de febrero de 2011, ambos inclusive, no así a los actuales beneficiarios, que dejarán de percibir la prestación cuando transcurran los seis meses a los que tenían derecho.

El número de personas beneficiarias se calcula en torno a las 219.242.