Panorama

Guía completa para votar en las elecciones al Parlamento vasco desde el exterior

El próximo 21 de abril de 2024 se celebrarán las elecciones al Parlamento vasco, las primeras en esta Comunidad tras la supresión del voto rogado. Casi 83.000 vascos residentes en el exterior están llamados a las urnas. Este es el procedimiento para seguir para emitir el voto desde el exterior.

De los 1.795.206 electores vascos que podrán votar en las próximas elecciones al parlamento de esta comunidad el próximo 21 de abril, 82.882 residen en el extranjero y están inscritos en el Ceso Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El número de votantes desde el exterior supone un 4,6% del total.

Esta será la primera vez que los electores vascos residentes en el exterior voten a su parlamento tras la supresión del voto rogado, lo que supone que podrán ejercer su derecho sin necesidad de solicitud previa.


 

La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Previamente, podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE del 4 al 11 de marzo.

El primer envío se realizará entre el 16 y 22 de marzo. En este, recibirán dos certificados de inscripción en el censo electoral, un sobre de votación, un sobre con la dirección de la oficina consular, otro sobre con la dirección de la Junta Electoral en España y una hoja informativa con las instrucciones de cómo votar que contendrá la relación de los centros habilitados para el depósito del voto en urna.

El segundo envío ya incluirá las papeletas oficiales de las candidaturas y se llevará a cabo entre el 27 y el 31 de marzo si no hay impugnaciones, y no más tarde del 6 de abril, en el caso de que hubiese impugnaciones.

Las papeletas se podrán descargar igualmente de forma telemática una vez publicadas por el Gobierno Vasco.

Una vez recibida toda la documentación, podrán emitir su voto por correo del 27 de marzo al 16 de abril, ambos inclusive, mediante su envío a la oficina consular correspondiente. Si lo prefiere, el voto se podrá presentar de forma presencial entre el 13 y el 18 de abril, ambos incluidos, en los centros habilitados para tal fin.


 

Si se encontrase temporalmente en España en los plazos señalados, podrán solicitar el voto por correo, bien por internet, en la página web de Correos, o bien en cualquier oficina de Correos del 27 de febrero al 11 de abril de 2024. Una vez que la Oficina del Censo Electoral le remita la documentación, podrán enviar su voto a la Junta Electoral por correo certificado, no más tarde del 17 de abril.

Residentes temporales (ERTA)

Los electores residentes en el País Vasco que se encuentren temporalmente en el extranjero (ERTA), deberán figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación a Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 23 de marzo. Esta solicitud se entregará personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá la documentación entre el 26 de marzo y el 1 de abril, por correo certificado. Este plazo puede ampliarse hasta el 9 de abril en el caso de haber impugnación de candidatos.

Una vez recibida, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 17 de abril.

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