Oficina Española del Retorno

El Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, Ley 40/2006, de 14 de diciembre, prevé la creación de una Oficina Española del Retorno que, en el ámbito del Ministerio, dé cumplida respuesta a los diversos aspectos relacionados con el hecho de retorno, coordinándose para ello con las otras instancias de ámbito autonómico o local a las que el fenómeno afecta de igual manera, de acuerdo con la actual distribución competencial y administrativa en nuestro país.

Para contactar con la Oficina Española del Retorno:

  • ATENCIÓN PRESENCIAL : MIÉRCOLES 9:00 A 14:00

    • (Solicitando cita previa en el Tfno.: 91 363 62 00)

    • Dirección: C/ José Abascal, 39 28003 Madrid

  • ATENCIÓN TELEFÓNICA: DE 9.00 A 14:00

    • Teléfono.: 91 363 62 00

    • Teléfono: 060 (coste fijo equivalente a una llamada de 1 minuto)

      Portada de la publicación Guía del Retorno
  • ATENCIÓN TELEMÁTICA: