Subvenciones para proyectos de Retorno Voluntario 2020 - Migraciones
Retorno Voluntario 2020
A entidades sin fin de lucro - 2020
Convocatoria
- Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países. (BOE 18/06/2020).
- Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países.
- Anuncio de la reunión informativa .
- Presentación Convocatoria Retorno Voluntario 2020.
Objeto
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas extranjeras extracomunitarias en situación de vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para su reintegración, viable y sostenible. Existen dos tipos de proyectos distintos, cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la presente Resolución de Convocatoria:
- Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas extranjeras inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
- Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas inmigrantes el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en estos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de proyectos microempresariales asociados al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
La gestión de estos proyectos está encomendada a organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales especializadas en la atención de inmigrantes.
Destinatarios de los proyectos
En aplicación de lo dispuesto por la normativa FAMI (art. 11 y ss. Del Reglamento UE 516/2014, de 16 de abril y de lo dispuesto en nuestro Proyecto nacional), podrán ser beneficiarias de los dos proyectos las personas nacionales de terceros países (es decir, toda persona que no sea ciudadana de la Unión en el sentido del artículo 20, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) que se encuentren en cualesquiera de estas categorías:
- Que todavía no hayan recibido una decisión definitiva denegatoria en relación con su solicitud de estancia, su residencia legal y/o protección internacional en un Estado miembro, y que puedan optar por el retorno voluntario.
- Que disfruten de derecho de estancia, de residencia legal y/o de protección internacional a tenor de la Directiva 2011/95/UE, o de protección temporal a tenor de la Directiva 2001/55/CE en un Estado miembro, y que hayan optado por el retorno voluntario.
- Que se encuentren presentes en un Estado miembro y no cumplan o hayan dejado de cumplir las condiciones de entrada y/o estancia en un Estado miembro, incluidos los nacionales de terceros países cuya expulsión se haya aplazado de conformidad con el artículo 9 y con el artículo 14, apartado 1, de la Directiva 2008/115/CE.
Dependiendo del proyecto de retorno del que se trate, las personas destinatarias de los proyectos deberán cumplir distintos requisitos:
- Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: deberán acreditar situación de vulnerabilidad.
- Proyecto de retorno voluntario productivo: además de acreditar su situación de vulnerabilidad, deberán acreditar su interés en participar en un proyecto de emprendimiento empresarial asociado al retorno.
Además, en todos los proyectos, las personas beneficiarias deberán:
- Presentar una declaración de voluntariedad y compromiso de no retornar a España en un periodo de 3 años para realizar actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena, o para residir en España mediante permiso de residencia temporal no lucrativa.
- Renunciar a los documentos oficiales que les vinculen con España
- No estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la Legislación de Extranjería.
Prestaciones de los proyectos de retorno voluntario
Las prestaciones que se conceden, con carácter general, son las siguientes: información y orientación, apoyo psicológico, billete de retorno internacional a su país de procedencia desde su lugar de residencia; ayuda económica de viaje y gestión de una ayuda económica para la primera instalación. También se contemplan gastos imprevistos de medicamentos y pago de gastos de acompañamiento necesario en caso de enfermedad, incapacidad u otra circunstancia invalidante. Además, en el caso del retorno voluntario productivo, se presta asesoramiento, orientación y valoración inicial del proyecto de negocio, su viabilidad y sostenibilidad; capacitación en la elaboración del proyecto, seguimiento del mismo y una ayuda económica por proyecto.
Entidades beneficiarias
Las entidades, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio:
- Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos citados en el artículo 1.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
- Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
- Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
- No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Presentación de solicitudes
- De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del extracto de esta Resolución de convocatoria.
- Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como Anexos Documentos 2020 I a V y estarán dirigidas a la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria.
- Dichos modelos estarán disponibles en la Web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Serán presentados en soporte informático tratable (ficheros Excel, Word o PDF/A) junto con la documentación correspondiente en el Registro Electrónico de la Sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o en el Registro Electrónico de la AGE, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los documentos se presentarán como anexos individualizados, uno por cada documento, así como debidamente firmados electrónicamente, con certificado electrónico cualificado de la persona responsable de la entidad solicitante.
- A las solicitudes deberá acompañarse la documentación que establece el artículo 6.3 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 junio. Se podrá aportar toda la documentación explicativa complementaria que se considere conveniente para la mejor comprensión y valoración de las solicitudes.
- Las entidades podrán presentar un máximo de dos proyectos, uno por cada modalidad de retorno, tal y como queda descrito en el Anexo A de la presente convocatoria.
Plazo de ejecución del Proyecto
Los proyectos se podrán ejecutar desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021.
Criterios objetivos de valoración para el otorgamiento de la subvención
NOTA relativa a los criterios objetivos de valoración para el otorgamiento de la subvención, conforme a la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal. Convocatoria Retorno Voluntario.
Bases reguladoras de la convocatoria
Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal. (BOE 30/6/2012).
Formularios
Aquí se podrán encontrar todos los documentos necesarios para cumplimentar la solicitud, la tramitación y la justificación de la subvención.
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- Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países. (BOE 18/06/2020).
- Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países.
- Reglamento Delegado UE 1042/2014 de la Comisión, de 25 de julio de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) no 514/2014 por lo que se refiere a la designación y a las responsabilidades en materia de gestión y control de las autoridades responsables y al estatus y a las obligaciones de las autoridades de auditoría.
- Reglamento Delegado UE 1048/2014 de la Comisión, de 30 de julio de 2014, por el que se establecen medidas de información y publicidad dirigidas al público y sobre de información dirigidas a los beneficiarios de conformidad con el Reglamento (UE) no 514/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis.
- Reglamento UE 514/2014 del Parlamento y el Consejo, por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis.
- Reglamento UE 516/2014 del Parlamento y el Consejo de 16 de abril de 2014, por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración, por el que se modifica la Decisión 2008/381/CE del Consejo y por el que se derogan las Decisiones n o 573/2007/CE y n o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2007/435/CE del Consejo.
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- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- PRESUPUESTO ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- Declaración de la Entidad de no estar incursa en prohibiciones
- Declaración responsable de estar al corriente de Hacienda
- Declaración responsable de estar al corriente de Seguridad Social
- Declaración responsable a efectos de justificar el cumplimiento del Artículo 4.1 a), 6º de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio
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- Modelo aceptación de la subvención:
- Modelo renuncia de la subvención:
- Memoria adaptada:
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración:
- Programa de retorno voluntario productivo:
- Anexo Tabla Presupuesto _MA
- Memoria Intermedia/Final:
- Anexo Modelo Memoria Intermedia-Final
- Anexo Personas Atendidas
- Anexo Personas Retornadas
- Anexo Retornos Fallidos-Anulados
- Anexo Menores UE
- Anexo Formación
- Anexo Datos estadísticos vulnerabilidad
- Anexo Informe Individual Iniciativa empresarial
- Anexo Total Iniciativas empresariales
- Anexo Datos estadísticos de los proyectos productivos
- Anexo Resumen Económico
- Anexo Certificado General de Gastos
- Anexo Cierre financiero
- Lista de comprobación para la elaboración del informe de auditor
- Declaración Responsable custodia de documentación
- Manual para la Gestión de los Proyectos de Retorno Voluntario:
- Manual Justificación
- Tablas Limites Salariales
- Manual Específico para la Gestión y Seguimiento de los proyectos de Retorno Voluntario
- Anexo – Modelo de compromiso no retorno
- Anexo – Modelo de recibí
- Anexo – Cuadro de medios personales
- Anexo – Modelo de asignación del trabajador al proyecto
- Anexo – Modelo de Informe Social
- Anexo – Informe social acompañamiento
- Anexo – Informe social VTSH/ VG
- Anexo – Informe social de menores que viajen solos
- Anexo – Informe de seguimiento iniciativa empresarial
- Anexo – Solicitud fronteras
- Anexo – Datos quincenales
- Anexo – Comunicación retornos fallidos-anulados
- Anexo – Informe total iniciativas empresariales