Resolución de 29 de mayo de 2017 , de la Dirección General de Migraciones - Migraciones
Retorno Voluntario 2017
Subvenciones para programas de Retorno Voluntario
Convocatoria
- Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2017, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes. (BOE 19/04/2016).
- Resolución de 29 de mayo de 2017, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para programas de retorno voluntario de personas inmigrantes.
- Anuncio de la reunión informativa
- Presentación convocatoria Retorno Voluntario 2017
- Preguntas frecuentes convocatoria
Objeto
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas extranjeras extracomunitarias en situación de vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para su reintegración, viable y sostenible. Existen tres tipos de proyectos distintos, cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la presente Resolución de Convocatoria:
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración con especial atención a personas vulnerables: tiene como principal objetivo facilitar, a personas extranjeras inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
- Programa de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas inmigrantes el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en estos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de proyectos microempresariales asociados al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
- Programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo (APRE): el objetivo de este programa es proporcionar ayudas complementarias a este abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a personas extranjeras extracomunitarias y sus familiares hasta segundo grado que retornen voluntariamente a sus países de procedencia, teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
La gestión de estos programas está encomendada a organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales especializadas en la atención de inmigrantes.
Destinatarios de los programas
En aplicación de lo dispuesto por la normativa FAMI (art. 11 y ss. Del Reglamento UE 516/2014, de 16 de abril y de lo dispuesto en nuestro programa nacional), podrán ser beneficiarias de los tres programas las personas nacionales de terceros países (es decir, toda persona que no sea ciudadana de la Unión en el sentido del artículo 20, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) que se encuentren en cualesquiera de estas categorías:
- Que todavía no hayan recibido una decisión definitiva denegatoria en relación con su solicitud de estancia, su residencia legal y/o protección internacional en un Estado miembro, y que puedan optar por el retorno voluntario.
- Que disfruten de derecho de estancia, de residencia legal y/o de protección internacional a tenor de la Directiva 2011/95/UE, o de protección temporal a tenor de la Directiva 2001/55/CE en un Estado miembro, y que hayan optado por el retorno voluntario.
- Que se encuentren presentes en un Estado miembro y no cumplan o hayan dejado de cumplir las condiciones de entrada y/o estancia en un Estado miembro, incluidos los nacionales de terceros países cuya expulsión se haya aplazado de conformidad con el artículo 9 y con el artículo 14, apartado 1, de la Directiva 2008/115/CE.
Dependiendo del programa de retorno del que se trate, las personas destinatarias de los programas deberán cumplir distintos requisitos:
- Programa de retorno voluntario de atención social: deberán acreditar situación de vulnerabilidad.
- Programa de retorno voluntario productivo: además de acreditar su situación de vulnerabilidad, deberán acreditar su interés en participar en un proyecto de emprendimiento empresarial asociado al retorno.
- Programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva de desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornen voluntariamente a sus países de procedencia (APRE): deberán ser nacionales de países con los que España tenga suscrito un convenio bilateral de Seguridad Social. Hasta la fecha, estos países son: Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, República de Cabo Verde, Canadá (excepto Quebec), República de Corea, Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
Además, en todos los programas, las personas beneficiarias deberán:
- Presentar una declaración de voluntariedad y compromiso de no retornar a España en un periodo de 3 años para realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena.
- Renunciar a los documentos oficiales que les vinculen con España (autorización de residencia, tarjeta sanitaria, empadronamiento, etc.)
- No estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la Legislación de Extranjería.
Prestaciones de los programas de retorno voluntario
Las prestaciones que se conceden, con carácter general, son las siguientes: información y orientación, apoyo psicológico, billete de retorno internacional a su país de procedencia desde su lugar de residencia y pago de las circunstancias excepcionales que pudieran presentarse durante el tránsito; ayuda económica de viaje y gestión de una ayuda económica para la primera instalación (salvo para retorno (APRE). También se contemplan gastos imprevistos de medicamentos y pago de gastos de acompañamiento necesario en caso de enfermedad, incapacidad u otra circunstancia invalidante. Además, en el caso del retorno voluntario productivo, se presta asesoramiento, orientación y valoración inicial del proyecto de negocio, su viabilidad y sostenibilidad; capacitación en la elaboración del proyecto, seguimiento del mismo y una ayuda económica por proyecto.
Entidades beneficiarias
Las entidades, organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio:
- Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos citados en el artículo 1.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
- Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
- Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
- No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Presentación de solicitudes
- De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del extracto de esta Resolución de convocatoria.
- Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como Anexos I a V y estarán dirigidas a la Dirección General de Migraciones.
- Dichos modelos estarán disponibles en la href="http://www.mitramiss.gob.es" Web del MInisterio de Empleo Y Seguridad Social. Serán presentados en soporte informático tratable (ficheros Excel, Word o PDF/A) junto con la documentación correspondiente en el Registro Electrónico de la (Sede del Ministerio de Empleo y Seguridad Social) o en el (Registro Electrónico de la AGE), conforme a lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los documentos se presentarán como anexos individualizados, uno por cada documento, así como debidamente sellados y firmados electrónicamente, con certificado electrónico cualificado de la persona responsable de la entidad solicitante.
- A las solicitudes deberá acompañarse la documentación que establece el artículo 6.3 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 junio. Se podrá aportar toda la documentación explicativa complementaria que se considere conveniente para la mejor comprensión y valoración de las solicitudes.
- Las entidades podrán presentar un máximo de tres proyectos, uno por cada modalidad de retorno, tal y como queda descrito en el Anexo A de la presente convocatoria.
Plazo de ejecución del programa
Los proyectos se podrán ejecutar desde el 1 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018
Bases reguladoras de la convocatoria
Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal. (BOE 30/6/2012).
Modificación Orden ESS/1423/2012 (BOE 11/02/2017).
Formularios
Aquí se podrán encontrar todos los documentos necesarios para cumplimentar la solicitud, la tramitación y la justificación de la subvención.
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- Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2017, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes (BOE 19/4/2016).
- Resolución de 29 de mayo de 2017 , de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes.
- Reglamento Delegado UE 1042/2014 de la Comisión, de 25 de julio de 2014 , por el que se completa el Reglamento (UE) no 514/2014 por lo que se refiere a la designación y a las responsabilidades en materia de gestión y control de las autoridades responsables y al estatus y a las obligaciones de las autoridades de auditoría.
- Reglamento Delegado UE 1048/2014 de la Comisión, de 30 de julio de 2014 , por el que se establecen medidas de información y publicidad dirigidas al público y sobre de información dirigidas a los beneficiarios de conformidad con el Reglamento (UE) no 514/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis.
- Reglamento UE 514/2014 del Parlamento y el Consejo , por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis.
- Reglamento UE 516/2014 del Parlamento y el Consejo de 16 de abril de 2014 , por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración, por el que se modifica la Decisión 2008/381/CE del Consejo y por el que se derogan las Decisiones n o 573/2007/CE y n o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2007/435/CE del Consejo.
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- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- PRESUPUESTO ANEXO III 2017
- ANEXO IV
- ANEXO V
- Declaración de la Entidad de no estar incursa en prohibiciones
- Declaración responsable de estar al corriente de Hacienda
- Declaración responsable de estar al corriente de Seguridad Social
- Declaración responsable a efectos de justificar el cumplimiento del Artículo 4.1 a), 6º de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio
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- Modelo aceptación de la subvención:
- Modelo renuncia de la subvención:
- MEMORIA ADAPTADA:
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración:
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración en Formato PDF
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración en Formato Word
- Programa de retorno voluntario productivo:
- Programa de ayudas complementarias al APRE:
- Tablas Anexas A
- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración:
- MEMORIA INTERMEDIA/FINAL:
- ANEXO 1 - Tabla Personas atendidas y retornadas
- ANEXO 2 - Tabla de retornos fallidos
- ANEXO 3 - Tabla personas por tipo de vulnerabilidad
- ANEXO 4 – Tabla iniciativas empresariales
- Anexos económicos Retorno Voluntario 2017
- Anexo certificado general de gasto
- Informe de seguimiento de iniciativas empresariales
- Modelo Memoria intermedia-final
- Tabla de datos estadísticos de proyectos productivos
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- Manual Específico para la Gestión y Seguimiento de los proyectos de Retorno Voluntario
- Anexo 1 – Modelo de compromiso no retorno (en Word)
- Anexo 2 – Modelo de Informe Social (en Word)
- Anexo 3 – Tabla de policía
- Anexo 4 – Datos personas atendidas y retornadas
- Anexo 5 – Tabla de seguimiento económico
- Anexo 6 – Tabla de retornos fallidos y anulados
- Anexo 7 – Modelo de recibí
- Anexo 8 – Informe de retorno de víctimas de TSH y violencia de género
- Anexo 9 – Informe de acompañamiento
- Anexo 10 – Informe de retorno menores
- Anexo 11 – Informe individual de iniciativa empresarial
- Anexo 12 – ANEXO V Costes específicos participantes