Ingreso Mínimo Vital 

Caja INGRESO MÍNIMO VITAL

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y que está destinada a garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a las personas con discapacidad. Su objetivo es mejorar las oportunidades de las personas en su inserción social y laboral.

El Ingreso Mínimo Vital se regula en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre

Más información en el teléfono: 020

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¿Cómo funciona?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza unos mínimos ingresos a hogares o unidades de convivencia. Por tipología de hogar se establecen unos umbrales mínimos de renta. Si entre todos los miembros de la unidad de convivencia sumaron el año fiscal anterior una renta total inferior al umbral que les corresponde y cumplen el resto de los requisitos, tendrán derecho a una prestación económica igual a la diferencia entre este umbral y su renta neta. Esta prestación se les ingresará mensualmente.

Si los hogares cumplen una serie de requisitos, tendrán derecho a esta prestación mensual.

La prestación se actualiza cada año en base a los ingresos del año anterior. Se trata de una prestación viva que se adapta a las circunstancias personales y a los cambios que puedan producirse en cada unidad familiar.

El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el empleo. Para fomentar la inserción laboral, en 2023 se introdujo el incentivo al empleo que hace que un tramo de los nuevos ingresos laborales no repercutan negativamente en la cuantía de la prestación. 

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?

El Ingreso Mínimo Vital se conforma como una ayuda a nivel de unidad de convivencia, es decir, personas que viven en el mismo domicilio y que tienen un vínculo familiar.

Los principales requisitos son:

  1. Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
  2. Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
  3. Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
  4. El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
  5. No ser administrador de una sociedad mercantil.

Además de estos requisitos generales, existen requisitos adicionales, así como excepciones a los mismos.

Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación.

Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.

¿Cuáles son las cuantías que se pueden percibir?

La cuantía a percibir en concepto de Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos de las personas que formen la unidad de convivencia.

Además de las cuantías indicadas se abonará mensualmente un Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.

¿La cuantía puede cambiar?

El cambio en las circunstancias personales de la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por el INSS. La cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año.

¿Cuáles son los requisitos de Renta y Patrimonio?

Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos es necesario que la renta y patrimonio de la unidad de convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales.

En el momento de la solicitud o revisión se valorará si la renta y el patrimonio neto del conjunto del hogar durante el año fiscal anterior es inferior a estos umbrales.

La siguiente tabla muestra los niveles máximos de renta de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital. Para optar únicamente al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) los límites de renta son más amplios. El umbral de renta es también el nivel de renta garantizada que tendrán las unidades de convivencia, recibiendo como prestación en concepto de Ingreso Mínimo Vital la diferencia entre este umbral y sus ingresos.

El patrimonio neto de la unidad de convivencia también será evaluado, excluyendo la vivienda habitual. La siguiente tabla muestra los niveles máximos de patrimonio neto de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital o para el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI).

Algunas prestaciones e ingresos están exentos del cómputo de renta y patrimonio. Puedes consultar aquí las reglas detalladas para el cómputo de ingresos y de patrimonio.

¿Cómo puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay dos opciones:

  • Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para su solicitud sin certificado. Además, deberá adjuntar sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
  • Si dispone de certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve lo puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccionando el método de autenticación. Tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.

En este video tutorial le explicamos cómo solicitarlo.