¿Qué es la Regularización Extraordinaria?

Es un proceso excepcional dirigido a las personas migrantes que se encuentran en situación irregular o solicitantes de Protección Internacional en España, y que hayan llegado antes del 1 enero de 2026.

Este programa está diseñado para reconocer la contribución de miles de personas que ya forman parte de nuestra sociedad.

  • Residir y trabajar por al menos un año.
  • Acceso a servicios sociales y sanitarios.
  • Integración social y laboral.

IMPORTANTE: Las citas presenciales son GRATUITAS, nadie puede cobrarte por reservar o disponer de una cita presencial.

IMPORTANTE: SOLO se aceptarán las solicitudes presentadas en las oficinas habilitadas.
Si vas a cualquier registro público NO se tendrán en cuenta.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

El Real Decreto de regularización se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 15 de abril. El plazo de solicitudes se abrió el jueves 16 de abril.

El plazo de solicitudes para ambas vías estará abierto hasta el 30 de junio.

Podrás acceder a la regularización si te encuentras en una de estas dos situaciones:

1. Has solicitado Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
Descarga la solicitud específica

2. Te encuentras en situación administrativa irregular y llegaste a España antes del 1 de enero de 2026.
Descarga la solicitud específica
 

Puedes hacerlo por dos vías: Telemática o presencial.

La vía telemática está disponible de manera ininterrumpida, las 24 horas del día, los 7 días de la semana durante todo el plazo de solicitud.

La forma presencial funcionará a través de un servicio de cita previa.

La cita previa es únicamente para presentar la solicitud de manera presencial en alguna de las 450 oficinas de Correos, Seguridad Social o Extranjería habilitadas (recuerda que no son todas). Para pedir información, hay otros canales habilitados como el teléfono 060.

Puedes pedir cita previa desde aquí

La cita previa es únicamente para presentar la solicitud de manera presencial en alguna de las 450 oficinas de Correos, Seguridad Social o Extranjería habilitadas (recuerda que no son todas). Para pedir información, hay otros canales habilitados como el teléfono 060.

Puedes pedir cita previa desde aquí

NO deberás presentar certificado de vulnerabilidad si eres o has sido solicitante de Protección Internacional.

Si no es tu caso, además de cumplir los requisitos basicos, deberás aportar documentación que demuestre que te encuentras en alguna de estas circunstancias:

a) Haber trabajado con contrato por cuenta ajena o propia en España, o acreditar la intención de trabajar por cuenta ajena, mediante oferta de trabajo, o propia, mediante declaración responsable.

b) Contar con una unidad familiar compuesta con hijos menores de edad o mayores con discapacidad y los ascendientes de primer grado.

c) O encontrarte en situación de vulnerabilidad. Es solo bajo esta circunstancia, y cuando no puedas acreditar las anteriores cuando necesitarás entregar el  certificado de vulnerabilidad, que encontrarás en el apartado de "Documentos de Interés".

Este debe estar sellado por entidades en materia de asistencia social (entidades y sindicatos inscritos en el Registro RECEX, o servicios sociales).

No olvides que es gratuito y nadie podrá cobrarte por expedirlo.

Sí, el solicitante necesita aportar el certificado de antecedentes penales o documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen, o de los países donde haya residido los 5 años anteriores a su llegada a España.

🔴 Con carácter excepcional, si se demostrara no haber obtenido los antecedentes penales en el plazo de un mes, la persona podrá pedir que se soliciten por la vía diplomática con la presentación de estos documentos a la hora de tramitar su regularización:

a) Justificante de la solicitud del certificado de antecedentes penales o documento equivalente a expedir por las autoridades del país extranjero.

b) Declaración responsable, conforme al modelo específico, en la que manifieste no haber recibido respuesta a su solicitud en el plazo de un mes.

c) Autorización, conforme al modelo específico, a las autoridades españolas para recabar sus antecedentes penales ante el país correspondiente. Este documento deberá ser presentado en español y en el idioma del país o países en que deba surtir efecto.

🔴 Las opciones anteriores en ningún caso actuarán como equivalente al certificado de penales

La comunicación del inicio del procedimiento administrativo habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional español y en cualquier sector de actividad, facilitando el acceso al trabajo y contratación en condiciones dignas y garantistas tanto para el empleado como el empleador.

Para dudas respecto al proceso se habilita el teléfono 060, también habilitado para la petición de cita previa y que atenderá en español.

El horario de atención es de 09:30 a 14:00 horas y 16:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes.

La presentación de solicitud la puedes hacer tú mismo, si bien puedes contar con apoyo y asesoramiento de personal especializado.

Por una parte, los beneficiarios pueden contar con asesoramiento a través de abogados, graduados sociales o gestores administrativos que pueden actuar como representantes para la presentación de solicitudes.

En paralelo, el Ministerio ha puesto en marcha el Registro de Colaboradores de Extranjería (consulta el listado aquí), formado por entidades sociales y sindicatos con experiencia en acompañamiento personas migrantes. Estas ofrecerán asesoramiento gratuito y también pueden actuar en calidad de representantes.

No, solo se aceptarán las solicitudes presentadas en las oficinas de Correos, Seguridad Social y Extranjería habilitadas.
Si vas a cualquier registro público NO se tendrán en cuenta.

Más información

Consulta los vídeos y guías que hemos preparado para hacer este proceso más sencillo

Vídeo Tutoriales

Documentos de interés

Hojas Informativas

Formularios

Si después de leer toda esta infomación todavía tienes alguna duda específica, puedes hacerla a través del siguiente formulario.

Solicita tu Cita

Recuerda que la forma más eficaz de presentar a trámite tu solicitud de regularización es por vía telemática, para lo cual no precisas cita previa presencial.

Mediante certificado digital reconocido por las Administraciones Públicas, la presentación telemática puede ser realizada en tu nombre por una persona a la que apoderes y quede inscrita en el Registro Electrónico de Apoderamos a través plataforma MERCURIO.

También puede realizar este trámite por ti un profesional habilitado como abogados, graduados sociales o gestores administrativos o entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería. 

RECUERDA: Solicitar cita es completamente GRATUITO. Si alguien te pide dinero por gestionar la cita, es un fraude.

Si no te resulta posible realizar el trámite de forma telemática, puedes hacerlo de forma presencial en una oficina habilitada, siempre con cita previa:

Si dispones de sistema Cl@ve, podrás solicitar la cita previa telemáticamente.

Si no te resulta posible, te informamos de que podrá solicitar la cita previa en tu nombre de forma telemática cualquier persona que esté registrada en Cl@ve”. 

Solicitando la cita de forma telemática podrás elegir la oficina de presentación y la fecha.

Si todo lo anterior no te es posible, también puedes pedir cita previa cumplimentando y enviando el formulario que figura a continuación. También puedes pedir cita por teléfono llamando al 060 (aquí puedes consultar su coste).

Enlaces de interés