03/07/2024

Seguridad Social

Elma Saiz mantiene un encuentro informal con FEEX para dar a conocer el Convenio Bilateral de Seguridad Social entre España y EE UU a las empresas con intereses en ambos países

Temas:

  • Ministra
  • El nuevo texto supone un impulso de la movilidad laboral internacional para incentivar la actividad económica bilateral
  • En el acto se ha presentado la nueva Dirección General de Gestión Migratoria que gestiona la asignación internacional de los ciudadanos que se desplazan a trabajar a otros países
  • Elma Saiz: “Damos un paso más en el impulso de la movilidad laboral internacional entre nuestras naciones. Firmamos un nuevo Convenio de Seguridad Social entre España y EEUU que, sin duda, será una poderosa palanca para seguir estimulando nuestra actividad económica bilateral”

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, junto a la Asociación Española de Movilidad Laboral Internacional (FEEX), ha celebrado un encuentro informativo para empresas con intereses en España y Estados Unidos, con el objetivo de presentar las novedades del Convenio Bilateral de Seguridad Social y la nueva Dirección General de Gestión Migratoria.

El nuevo Convenio Bilateral de Seguridad Social, firmado el pasado mes de abril, supone un importante avance en la protección de los trabajadores que desarrollan su carrera profesional entre España y Estados Unidos. Entre sus principales beneficios, destacan la mejora en la gestión y el cálculo de las pensiones de quienes han cotizado en ambos países. Un texto que la ministra Elma Saiz ha calificado como “un paso más en el impulso de la movilidad laboral internacional y una poderosa palanca para seguir estimulando nuestra actividad económica con un aliado estratégico como es EEUU”.

Por su parte, la secretaria general del FEEX, Ángeles González-Vigil, ha remarcado la importancia de la colaboración público y privada. Ambas han compartido la convicción de que la movilidad internacional de las personas trabajadoras forma parte esencial de la estrategia de internacionalización de las empresas españolas. “Y en el contexto actual, en constante evolución, es un factor clave que la normativa aplicable permita dar respuesta en tiempo y forma a las necesidades de los negocios”, ha añadido González-Vigil.

En el acto, al que han asistido representantes de las empresas asociadas a FEEX, el Ministerio de Inclusión ha presentado la nueva Dirección General de Gestión Migratoria para centralizar y agilizar el proceso de asignación internacional de trabajadores. Un proceso multidisciplinar durante el cual se abordan diferentes aspectos desde el punto de vista migratorio, legal y fiscal, que comienza con la gestión migratoria del visado, que y a la cual durante su desarrollo debe dotarse de cobertura a efectos de Seguridad Social para que el empleado internacional no vea mermados sus derechos de protección social.

Nuevo Convenio de Seguridad Social

El pasado 8 de abril de 2024 tuvo lugar el acto protocolario en el que la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, y la embajadora de Estados Unidos en España, Julissa Reynoso, en representación del Gobierno de su país, firmaron el nuevo Convenio de Seguridad Social entre España y EEUU que introduce mejoras en la protección social de los trabajadores que desarrollen parte de su vida laboral en ambos países.

Las principales novedades que incluye el nuevo texto afectan, en primer lugar, al cálculo de las pensiones españolas de Seguridad Social que resultarán más beneficiosas. A partir de ahora, se harán dos cálculos de pensión. Un primero contando únicamente con las cotizaciones en España, y un segundo sumando a ellas el tiempo cotizado en Estados Unidos. Comparados los dos cálculos, se abonará el más favorable. Hasta ahora, si se tenía derecho a pensión sólo con las cotizaciones en España se pagaba dicha prestación sin que se pudiera hacer el segundo cálculo sumando las cotizaciones en Estados Unidos, aunque el mismo hubiera podido ser de mayor cuantía.

Además, se ha mejorado el cálculo de la base reguladora de las prestaciones cuando se totalizan cotizaciones de España y Estados Unidos, basándose en las bases de cotización reales anteriores al último día de trabajo en España. Este cambio beneficia especialmente a aquellas personas que desarrollan la última parte de su vida laboral en Estados Unidos, sin que ello perjudique a los que han trabajado en España inmediatamente antes de la solicitud de la prestación.

Otra de las novedades se refiere a la incorporación en el campo de aplicación del Convenio al Régimen de Clases Pasivas del Estado de los regímenes de funcionarios civiles y militares. Esto supone que aquellas personas que tienen cotizaciones en España en dicho régimen pueden ver mejorados sus derechos a pensión.

Por último, el Convenio introduce mejoras en el desplazamiento de trabajadores por cuenta propia y amplía el periodo de ese desplazamiento, tanto para autónomos como para trabajadores por cuenta ajena, hasta los 5 años de duración, prorrogables en 2 años por circunstancias excepcionales y sujeto a autorización por la autoridad competente.

El primer convenio bilateral entre ambos países se firmó en 1986 y está en vigor desde 1988. Este nuevo texto tiene por objetivo favorecer la movilidad de trabajadores asegurados en España y EEUU y estimular la actividad económica bilateral.