05/08/2019

Criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social

Las familias monoparentales recuperan las dos semanas adicionales en caso de hijo con discapacidad o si se trata de parto, adopción o acogimiento múltiples

  • Se considera que el progenitor único tiene derecho al periodo adicional completo para dispensar los cuidados necesarios
  • En caso de dos progenitores, cada persona disfrutará de una semana más
  • La Ley 6/2019 de 1 de marzo configura los permisos como derechos individuales de las personas trabajadoras y podrán ejercerse indistintamente por uno u otro progenitor

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha emitido un criterio por el que se restablece el derecho dea las familias con un solo progenitor o progenitora a disfrutar de las dos semanas adicionales de permiso retribuído por nacimiento y cuidado de hijo o menor con discapacidad o en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Se iguala así el derecho de las familias monoparentales a las de dos progenitores a disfrutar del periodo adicional en los casos señalados (La estadística señala que en la gran mayoría de los casos, son las mujeres, quienes forman familias como progenitoras únicas, por lo que serían 16 +2 semanas).

Desde el 8 de marzo, con la aplicación de la Ley 6/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación se introdujo, entre otras novedades, la configuración de los permisos y suspensiones de contrato como derechos individuales de las personas trabajadoras.

De esta forma, el derecho a esta prestación por nacimiento y cuidado de hijo o menor puede ejercerse indistintamente por uno u otro protenitor, adoptante, guardador con fines de adoptción o acogedor, con la misma duración y sin posibilidad de transferencia.

El nuevo diseño de la prestación -como derecho individual- dio lugar a una situación no prevista en el caso de las familias monoparentales: el reparto equitativo entre los dos progenitores de las dos semanas adicionales en caso de discapacidad del menor o de parto, acogimiento o adopción múltiples entre ambos progenitores, se limita a una cuando se trata de familia monoparental.

Con el criterio dictado por el INSS, se iguala el derecho entre ambos modelos de familia, de manera que los hijos e hijas  -o menores- puedan recibir los cuidados necesarios independientemene de que tenga uno o dos progenitores.