El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social señala la vía judicial como la más viable para impugnar los Estatutos de la organización “OTRAS”
29/10/2018
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social señala la vía judicial como la más viable para impugnar los Estatutos de la organización “OTRAS”
Tema:

- El Mitramiss ha remitido un informe al Ministerio de Justicia para su traslado a la Fiscalía General del Estado
- El escrito considera que los Estatutos vulneran la libertad sindical, la dignidad de la persona y el principio de igualdad
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El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha remitido un informe al Ministerio de Justicia, para su traslado a la Fiscalía General del Estado, con el fin de impugnar los Estatutos de la organización “OTRAS”.
El Gobierno no puede admitir la constitución de un sindicato que, según las informaciones conocidas con posterioridad al depósito de sus Estatutos ante la Dirección General de Trabajo, ha afirmado perseguir la defensa y promoción de la prostitución, el otorgamiento de derechos laborales a quienes ejercen la prostitución y, por tanto, la normalización de la relación existente entre quien ejerce la prostitución y el proxeneta.
Tras analizar la legislación sobre libertad sindical y las diversas vías existentes en Derecho, el informe concluye que la alternativa jurídica más viable y más efectiva para corregir la situación creada por el depósito de los Estatutos de OTRAS es la impugnación en vía judicial de los mismos ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, todo ello de acuerdo con lo establecido por la Ley de la Jurisdicción Social, que reconoce la legitimación del Ministerio Fiscal para esa impugnación.
El escrito del Ministerio considera que los Estatutos de OTRAS vulneran el derecho a fundar sindicatos puesto que dicho derecho sólo se reconoce a las personas trabajadoras por cuenta ajena y la prostitución nunca puede ser objeto de un contrato de trabajo. Por ello, los Estatutos de OTRAS vulneran la Ley Orgánica de Libertad Sindical, los artículos 10 y 14 de la Constitución referidos a la dignidad de la persona y al principio de igualdad, así como la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres de 2007.
La prostitución no es una situación neutra, lleva aparejada la explotación sexual de una persona, mayoritariamente mujer, y con mucha frecuencia aparece anudada a situaciones de trata de seres humanos, que los poderes públicos tienen el deber de combatir con todos los instrumentos del Estado de Derecho.