El Gobierno aprueba las reglas para el control del Convenio sobre el trabajo marítimo en buques españoles
08/05/2015
Consejo de Ministros
El Gobierno aprueba las reglas para el control del Convenio sobre el trabajo marítimo en buques españoles

- El objetivo del proyecto de Real Decreto es articular un procedimiento coordinado de inspección para velar por las condiciones de trabajo de la gente del mar
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El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Real Decreto sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo 2006 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en buques españoles.
El texto articula un procedimiento coordinado de inspección y control de los requisitos que han de cumplir los buques civiles españoles a los que sea de aplicación el Convenio.
Con este paso se incorpora al ordenamiento jurídico español, la Directiva 2013/54/UE del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo sobre determinadas responsabilidades del Estado de pabellón en materia de cumplimiento y control del Convenio sobre el trabajo marítimo.
Cabe recordar que el Convenio de la OIT recoge tanto el derecho de la gente del mar a trabajar en condiciones de trabajo decente, como la responsabilidad que incumbe a cada Estado de cumplir plenamente y controlar la aplicación del mismo. En el caso de España, estas tareas competen a diferentes organismos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Fomento.
A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le corresponde la vigilancia y exigencia de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en el ámbito de las normas de ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevención de riesgos laborales, sistema de seguridad social y empleo.
Por otra parte, al Instituto Social de la Marina le compete la realización de programas y actividades dirigidos a potenciar la seguridad marítima; el reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar; la asistencia sanitaria y el control de los medios sanitarios a bordo.
Finalmente, la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española y para expedir y renovar el Certificado de trabajo marítimo y la Declaración de conformidad laboral marítima a los que se refiere el Convenio.