El Gobierno acuerda ayudas especiales a los trabajadores de SINTEL
26/02/2010
Hoy, en Consejo de Ministros
El Gobierno acuerda ayudas especiales a los trabajadores de SINTEL
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26 febr 2010.- El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha aprobado el proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores de SINTEL.
El proyecto responde a un compromiso del Gobierno que se materializó en un Acuerdo del Consejo de Ministros, de febrero de 2008 y que dispuso la adopción de medidas excepcionales de carácter social a favor de los trabajadores de SINTEL afectados por expedientes de regulación de empleo del año 2001.
Con este Real Decreto, el Gobierno pretende solventar el problema de los trabajadores recolocados pero con una reducción muy considerable de su base de cotización a la Seguridad Social y a los trabajadores desempleados para ayudarles económicamente a paliar los efectos derivados de su situación de desempleo y facilitar su reinserción laboral.
TIPO DE MEDIDAS
Las específicas para facilitar la empleabilidad y la recolocación, mediante la participación de los trabajadores en las políticas activas de empleo que se articulen desde los Servicios Públicos de Empleo, con atención personalizada.
Y aquellas que ofrecen una subvención especial para los trabajadores mayores de 52 años desempleados que no tengan derecho a la prestación contributiva por desempleo o la hayan agotado, en cuantía de 3.000 euros anuales que se incrementarán hasta 5.500 euros anuales si el trabajadores no se recoloca en un periodo de 24 meses. Esta ayuda se financiará con cargo a los fondos específicos que serán de distribución a las Comunidades Autónomas.
Estas, son medidas económicas y tienen carácter de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones que señala que podrán concederse de forma directa a los trabajadores ya que responden a las razones contempladas en dicho artículo que justifican la omisión de convocatoria pública.
La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales ha sido informada de este real decreto, al tiempo que se ha consultado a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y a las comunidades autónomas.