24/02/2009

El ministro advierte de que "la negociación no puede eternizarse"

Corbacho defiende que los afectados por un ERE temporal puedan recuperar hasta 120 días de paro.

Tema:

  • Inclusión
También mantiene que es necesario dar garantías de protección a los desempleados, incentivar la contratación y aliviar los costes empresariales en cotizaciones, así como darles mayor facilidad para acceder al crédito

24 feb`09. El ministro de Trabajo e Inmigración ha advertido a sindicatos y empresarios de que la negociación "no puede eternizarse". Corbacho ha mencionado que el tiempo de la negociación se agota: "estamos en tiempo de descuento, en la prórroga. Hay que decidir", ha sugerido el ministro. Según Corbacho es "imprescindible y necesario", dar garantías de protección a los desempleados, incentivar la contratación y aliviar los costes empresariales en cotizaciones y darles mayor facilidad para acceder al crédito.

El Gobierno y los agentes sociales estudian situar en un máximo de 120 días el período temporal en el que se podrán reponer las prestaciones por desempleo para los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) de carácter temporal que vieran finalmente extinguida su relación laboral.

Así lo ha manifestado hoy Celestino Corbacho en declaraciones a los periodistas tras participar en la constitución del Consejo General de Sistema Nacional de Empleo.

De aprobarse esta medida, ello supondría que a un trabajador inmerso en un ERE de suspensión temporal que al final se quedara sin contrato no le contaría el periodo de prestación por desempleo que hubiera consumido durante la suspensión temporal de empleo, con un máximo de 120 días.

Para los ERE temporales también se estudia bonificar las cotizaciones a la Seguridad Social que soportan los empresarios por los trabajadores que están suspendidos de empleo, a fin de aligerarles los costes en la actual coyuntura económica.

Corbacho ha señalado que el objetivo de estas medidas es "facilitar" los ERE de suspensión temporal frente a los de extinción de empleo, a fin de reducir al mínimo la destrucción de empleo y del tejido productivo.