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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (STEDH)
- STEDH, de 28 de Abril de 2020. Caso de Atv Zrt c. Hungría. Libertad de expresión.
En esta sentencia, la cadena de televisión ATV ZRT inicia una demanda después de que existiese un procedimiento contra ella al calificar a un partido como “extrema derecha” durante la emisión de un telediario. La sociedad demandante considera que la decisión tomada, basándose en la Ley de Medios, sobre la prohibición de la expresión de opiniones en el telediario coartaba su libertad de expresión, que estaba protegida por el artículo 10 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Demanda que finalmente se admite a trámite concluyendo que sí se violaba dicho artículo del Convenio con esta prohibición.
- STEDH, de 14 de Enero de 2020. Caso de Beizaras y Levickas c. Lituania. Discriminación por orientación sexual.
En esta sentencia se condena al Estado de Lituania por no investigar su Fiscalía una denuncia por comentarios amenazantes publicados en una red social, dirigidos a personas homosexuales. Se aplica doctrina pacífica y reiterada del propio Tribunal sobre la obligación que tienen los estados de llevar a cabo investigaciones eficaces ante denuncias por hechos de naturaleza discriminatoria, en este caso discurso de odio homófobo en Internet. Se considera que el incumplimiento de dicha obligación supuso una vulneración del art. 13 del Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales que dicho déficit de investigación se hizo por motivos de discriminación relativos a la orientación sexual de las víctimas. Estarían, además ante una vulneración adicional del Convenio en su artículo 14 ya que uno de los motivos para rechazar la incoación de unas diligencias previas fue la desaprobación por parte de los Tribunales de la demostración por los demandantes de su orientación sexual.
- STEDH, de 08 de Enero de 2019. Caso de Richard Williamson c. Alemania. Libertad de expresión.
Esta sentencia, dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera, que la negación explícita de la existencia de las cámaras de gas bajo el régimen nazi no está amparada por el derecho a la libertad de expresión contemplada en el art. 10 del Convenio de Derechos Humanos. Además, en ella se afirma que la condena efectuada por los tribunales alemanes fue proporcional al objetivo legítimo perseguido y era «necesaria en una sociedad democrática». La sentencia desestima la demanda y considera que el hecho de que el demandante negase y minimizara el genocidio perpetrado contra los judíos supuso un menosprecio a la dignidad de las víctimas judías y habría perturbado gravemente la paz pública en Alemania.
- STEDH, de 17 de Julio de 2018. Caso Mariya Alekhina and Others contra Rusia. Libertad de expresión.
En 2012, tres mujeres miembros de la famosa banda feminista de punk rusa, conocida como las "Pussy Riot" fueron condenadas en su país natal por cantar una de sus canciones Punk Prayer – Virgin Mary, Drive Putin Away (Rezo Punk – Virgen María expulsa a Putin) en plena catedral de Moscú. Se consideró que habían ofendido a los creyentes ortodoxos con el único objetivo de incitar odio y crear enemistad contra ellos. Las demandantes, decidieron llevar su caso a Europa, alegando durante el juicio violaciones de la prohibición de tortura, derecho a un juicio justo, derecho a la libertad y seguridad y libertad de expresión, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con esta sentencia condena a Rusia ya que considera que las integrantes de la banda fueron sometidas a un trato humillante y juzgadas con demasiada severidad.
- STEDH, de 28 de marzo de 2017. Caso Škorjanec contra Croatia. Discriminación por asociación.
La sentencia se refiere a una pareja que fue asaltada por dos individuos que fueron posteriormente condenados por el ataque. Se estableció que había prueba de que el ataque constituyo un delito de odio a la vista de los insultos anti gitanos proferidos por los dos individuos inmediatamente antes y durante el ataque. La demandante fue considerada como una testigo en el proceso criminal y no como una víctima junto a su pareja. El Fiscal competente, sin negar que la demandante hubiera sido agredida en el ataque, concluyó que no había prueba de que hubiera sido víctima de un asalto por motivos racistas porque no era de origen gitano. Por ello, su caso fue sobreseído por el Fiscal. El TEDH decidió examinar la queja de la demandante sobre la omisión de las autoridades croatas en el cumplimiento de sus obligaciones positivas con relación a un acto de violencia racista contra ella. El TEDH ha encontrado en el caso una violación de los artículos 3 y 14 del CEDH que obliga a investigar posibles motivaciones racistas en un incidente y que estas conciernen, a los actos de violencia basados en el estatus personal real o presunto o en las características de la víctima, y también se extiende a aquellos actos de violencia basados en la asociación o afiliación con otra persona que real o presumiblemente posea un estatus particular o unas características protegidas.
- STEDH, Gran sala, de 15 de octubre de 2015, asunto 27510/08
. Caso Perinçek contra Suiza.
Esta sentencia confirma la decisión de que Suiza violó el derecho del Sr. Perinçek a la libertad de expresión, frente al criterio de los tribunales suizos que en reiteradas ocasiones condenaron penalmente al Sr. Prerincek por discriminación racial tras haber negado públicamente la existencia de genocidio perpetrado por el Imperio Otomano contra el pueblo armenio en 1915.
- STEDH, de 20 de octubre de 2015, asunto 15529/12
. Caso Balázs versus Hungría.
Avala la importancia y validez que tienen los indicadores para orientar las investigaciones sobre delitos de odio.
- STEDH, Gran sala, de 1 de julio de 2014, asunto 13835/11
.Caso SAS contra Francia.
Demanda contra el Estado de Francia por la ley de prohibición de uso del burka y el niqab en espacios público.
- STEDH, Gran sala, 15 de mayo 2012, asuntos 4149/04 y 41029/04
. Caso Aksu contra Turquía.
El solicitante, de nacionalidad turca y miembro del pueblo gitano, pretendía que el TEDH estableciera la responsabilidad internacional de dicho Estado por tres publicaciones –que habían recibido financiación pública- e incluían declaraciones y expresiones que reflejaban el sentimiento anti-gitano, por lo cual, alegaba la violación del artículo 8 y 14 del Convenio de Derechos Humanos.
- STEDH, 8 de diciembre de 2009, asunto 49151/07
. Caso Muños Díaz contra España.
La Sentencia falla a favor de una mujer española gitana a la que las autoridades nacionales deniegan una pensión de viudedad por haber contraído matrimonio por el rito gitano en el año 1971.
- STEDH, Gran sala, 13 de noviembre de 2007, asunto 57325/00
. Caso D.H. y otros contra República Checa.
Esta sentencia revoca la Sentencia de Sala del mismo Tribunal, de fecha 7 de febrero de 2.006, y que versa sobre la diferencia de trato que los niños gitanos recibieron en la escolarización en la Republica checa durante un cierto periodo de tiempo, ya que un número muy elevado de niños gitanos eran ubicados en escuelas especiales para niños con discapacidades intelectuales. La Sentencia de Sala se había negado a conceder valor probatorio de la discriminación a los datos estadísticos y por ello no llegó a considerar que se hubiera producido en el caso una discriminación indirecta.
- STEDH, de 24 de febrero de 1997
. Caso De Haes y Gijsels contra Bélgica.
El tribunal subraya que la libertad de expresión es válida no solamente para las informaciones o las ideas acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado o una parte cualquiera de la población.