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  1. Formalidades de entrada y salida

    Los ciudadanos españoles pueden acceder a la República de Sudáfrica, sin necesidad de visado previo, cuando su estancia no vaya a superar los noventa días.

    Se exige estar en posesión de pasaporte válido hasta 30 días después de concluida la visita programada y que contenga, al menos, dos páginas en blanco para visas.

    No se expiden pasaportes temporales o de emergencia en el aeropuerto, de modo que los viajeros que no cumplan los requisitos mencionados son devueltos al aeropuerto de origen.

    Antes de emprender el viaje se aconseja consultar las Recomendaciones de viaje y condiciones de seguridad del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España.

    La cantidad de dinero que se puede introducir en el país no está sujeta a restricciones; la de salida no puede ser nunca superior a las divisas introducidas. El cambio de euros (o dólares) a rands sudafricanos debe realizarse en sucursales bancarias, hoteles o "forex bureaus" . El cambio efectuado en los puestos callejeros es ilegal.

    Desde el 1 de junio de 2015, todos los menores que viajen desde Sudáfrica deben estar siempre provistos de su certificado literal de nacimiento (original sin fecha de caducidad o fotocopia compulsada de menos de 3 meses de antigüedad). El certificado debe estar traducido al inglés por un traductor jurado. En lugar de los certificados de nacimiento, se aceptarán los libros de familia españoles debidamente sellados, firmados y traducidos.

  2. Visados

    Es necesario un visado de residencia para estancias superiores a noventa días. Para su tramitación, con carácter previo al desplazamiento, acudir a la Embajada de Sudáfrica en España

    Sudáfrica permite el cambio de estatus de una persona de turista a residente, sin necesidad de abandonar el país. Para ello se debe presentar la oportuna solicitud ante el “Department of Home Affaire” y solicitarlo como mínimo 60 días antes de que expire su visa.

    • Tipos de visados/permisos

      Con carácter general, para la expedición de un visado será necesario presentar ante la Embajada de Sudáfrica la siguiente documentación y cumplir una serie de requisitos añadidos, en función del permiso de que se trate:

      • Pasaporte válido hasta 30 días después de concluida la visita programada con por lo menos 2 páginas en blanco para visas.

      • 2 fotografías color tamaño pasaporte recientes con fondo blanco y el rostro de la persona de cara a la cámara.

      • Pago de las tasas.

      • Formulario: (dependiendo de cada caso) completado en tinta negra.

      • Pasaje ida/ vuelta (o deposito en efectivo equivalente al importe de la vuelta).

      • Certificado Internacional de vacunación contra la fiebre amarilla.

      • Certificado Médico (BI-811).

      • Certificado Radiológico (BI-806) de cada solicitante mayor de 12 años de edad, excluidas las embarazadas.

      • Prueba de suficiencia de medios económicos para solventar gastos de manutención durante la estancia en Sudáfrica, en forma de:

        • Extractos de cuenta bancaria de los últimos 3 meses.

        • Últimos recibos de sueldo.

        • Cheques de viajero.

        • Efectivo.

      • Compromiso por parte de los anfitriones en Sudáfrica, indicando que se harán cargo de los gastos que pueda ocasionar en el país, además de los gastos correspondientes a deportación, en caso que sea necesario.

      • Prueba de cobertura médica en Sudáfrica.

      • Prueba del estado civil de los solicitantes casados, divorciados o viudos, y su correspondiente apostilla y traducción al inglés por traductor público.

      • Certificado de antecedentes penales emitido en los últimos 6 meses de cada país en el que residió durante 12 meses o más a partir de los 18 años de edad, con su correspondiente apostilla y traducción al inglés por traductor público. Este requisito no puede ser exceptuado y la solicitud no será aceptada si no se presenta junto con el resto de la documentación.

      • En los casos de menores:

        • Referencias de la persona en Sudáfrica que actuará como custodio del menor y una carta de la persona confirmando dicha custodia.

        • Consentimiento de ambos padres para su permanencia en Sudáfrica o del padre con custodia exclusiva.

        • Partida de Nacimiento con su correspondiente apostilla y traducción al inglés por traductor público.

    • Los permisos de residencia temporal

      se emiten a extranjeros que desean permanecer en Sudáfrica más de tres meses y menos de 3 años.

      Todos los Permisos de Residencia Temporal permiten múltiples entradas con excepción del permiso de asilo y el permiso de visitante en los que específicamente se declare como de “único ingreso”.

      Dentro de los permisos de residencia temporal, además de los de estudios, trabajo o negocios que se detallan en sus correspondientes epígrafes, se encuentran los siguientes:

      • Visa de visitante (Visitor's visa): Este tipo de permiso es el que se extiende a: empleados extranjeros para realizar prácticas en Sudáfrica; Jóvenes estudiantes con un año sabático; investigadores, profesores invitados por instituciones, entrenadores deportivos voluntarios; voluntarios y cooperantes y cónyuge de un titular de permiso de trabajo cuya estancia no supere los tres meses.

      • Visa de estudiante (Study visa): Los estudiantes extranjeros interesados en estudiar en Sudáfrica, deberán solicitar primero un permiso de estudio. Ninguna institución educativa inscribirá a un estudiante extranjero hasta que no haya obtenido el permiso de estudios.

      • Treaty visa: Los solicitantes de este visado deberán presentar un escrito del órgano competente del estado parte del tratado en el que conste la naturaleza y duración del programa, la participación que tendrá el solicitante en el programa, el tipo de actividades que desempeñará, el alojamiento durante su estancia o cualquier otro detalle relevante relativo a la estancia del solicitante.

      • Visa de negocios (Bussines visa): Deberán solicitar esta visa los extranjeros que quieran emprender o invertir en un negocio que no esté ya establecido en el país.

      • Crew visa: Para los miembros/tripulación de las compañías de transporte en tránsito.

      • Permiso para tratamiento médico (Medical treatment visa): Se otorgan con una validez de seis meses y sus titulares no pueden trabajar o solicitar trabajo durante su estancia en el país. Es necesario aportar la documentación médica pertinente.

      • Permiso de familiar (Relative's visa): La normativa permite emitir un permiso de familiar a un pariente directo de un ciudadano sudafricano o residente permanente siempre que se acrediten medios económicos suficientes. Estos permisos podrán expedirse por un período máximo de 2 años.

      • Permiso de jubilado (Retired person visa): Permisos destinados a personas que deseen jubilarse o retirarse en Sudáfrica y siempre que dicha persona cumpla con los requerimientos económicos previstos en el acta de inmigración 2002 (Act. Nº 13 de 2002).

      • Corporate visa: Se deberá justificar la necesidad de emplear al número de trabajadores extranjeros que se solicita y que, al menos, el 60% de los empleados de la empresa son ciudadanos o residentes permanentes en diferentes cargos. Esta visa tiene diferente plazo de validez.

      • Permiso de intercambio (Exchange visa): Podrán emitirse permisos de intercambio a extranjeros de hasta 25 años que deseen participar en programas de intercambio social, cultural y económico organizados por un órgano del Estado o una institución pública de educación superior en conjunto con un órgano de un Estado extranjero. Las solicitudes deben realizarse en cualquier oficina regional del Departamento de Asuntos Internos, o la Embajada, Misión o Consulado de Sudáfrica en el extranjero más próximo al domicilio del solicitante. Los documentos para solicitar el visado variarán según el tipo de intercambio de que se trate (programa cultural, institución de enseñanza, etc...) El visado se expedirá por un período no superior a la duración del programa de intercambio.

      • Asylum Transit visa: Previsto para aquellos que soliciten asilo. Podrá denegarse si no ha completado el formulario correctamente, si ya tiene la condición de refugiado concedida en otro país o si es un fugitivo de la justicia.

    • Permisos de residencia permanente (Premanten Residence)

      Los permisos de residencia permanente en Sudáfrica se conceden a trabajadores, familiares, patrocinados, jubilados, a quienes que establezcan negocios en Sudáfrica o personas independientes económicamente, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Inmigración.

Sitios web recomendados

  • Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE)
  • EURES - EURopean Employment Services / Servicios Europeos de Empleo
  • ICEX. España, Exportación e Inversiones
  • Cámaras
  • Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
  • Empleo y becas en el Instituto Cervantes

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