El Capítulo IV del RD 951/2005, de 29 de julio por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, recoge el programa de quejas y sugerencias, en el que se establece que los órganos y organismos de la Administración General del Estado deben ofrecer a los ciudadanos medios para presentar ante ellos quejas y sugerencias.
Finalidad
- A través de este procedimiento podrán presentarse las quejas, iniciativas y/o sugerencias que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento de las Unidades del Ministerio.
- Las quejas formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente.
- La presentación de una queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
Quién lo puede presentar
- Todos los ciudadanos que lo consideren oportuno, mediante cumplimentación del formulario al efecto, o a través de un escrito que exprese la queja o sugerencia, para dejar constancia de su insatisfacción con los servicios prestados y también de las iniciativas o sugerencias que estimen convenientes para la mejora de los servicios competencia del Departamento.
Unidad responsable
- La Unidad afectada por la queja o sugerencia.
Plazo contestación
- La Unidad afectada deberá informar al ciudadano en el plazo de 20 días, previas las aclaraciones que estime oportuno recabar del mismo, de las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas. Si transcurrido el plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, el interesado se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios, o a la Sectorial correspondiente (Inspecciones de Servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina) a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y exigir las oportunas responsabilidades.
Formas de presentación
Presencial o por correo postal
- Cumplimentando el formulario de quejas y sugerencias que se puede descargar en esta página (para su presentación posterior de manera presencial o por correo postal), estando también disponible en los Registros Generales y auxiliares de recepción o salida de documentos y, en todo caso, en las oficinas de información y atención al ciudadano, tanto en Servicios Centrales como Periféricos del Departamento.
- Realizando un escrito firmado por el interesado, exponiendo el objeto de su queja o sugerencia, donde se hará constar su nombre y apellidos, teléfono, domicilio, y en su caso, dirección de correo electrónico para poder remitirle su contestación, si así lo indica.
- Tanto el formulario como el escrito se pueden presentar en cualquier Registro público u oficina de atención al ciudadano.
- En el Formulario que se incluye en este apartado, una vez pulsado, se podrán obtener tantas copias en blanco como estime oportuno para su relleno posterior de forma manual o escribir los datos requeridos y seguidamente obtener el número de copias deseado (se recomienda la obtención de dos copias para que una de ellas sea sellada en la oficina de presentación).
Formulario Presentación de Quejas y Sugerencias
Vía telemática (con certificado digital)
- A través de la Sede Electrónica Central del Ministerio accediendo al trámite Quejas y Sugerencias.
- Para asuntos relacionados con la Seguridad Social a las Sedes Electrónicas de estos Organismos:
- Puede presentar electrónicamente la sugerencia o queja completando el formulario al que se accede desde esta página. Se le solicitará que se identifique y firme digitalmente su contenido de acuerdo con los requisitos establecidos para el acceso a la Sede Electrónica.
- Si en el formulario elige como medio de contestación el correo postal o correo electrónico, la Unidad responsable de la gestión y dar respuesta a la queja, responderá por el medio elegido.