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Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Quinta del RD 1155/2024, de 19 de noviembre.

30-01-2025

Desde la Dirección General de Gestión Migratoria se ha publicado en el día de hoy una Nota Aclaratoria en relación con la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se vuelven a aceptar los pasaportes venezolanos caducados

14-01-2025

Hoy, 14 de enero de 2025, se ha publicado la Instrucción conjunta del DG de Gestión Migratoria y el Comisario General de Extranjería y Fronteras en la que se vuelven a aceptar los pasaportes venezolanos caducados. La mejora en los servicios renovación de los pasaportes venezolanos en las oficinas consulares de Venezuela en España no se ha perfeccionado en su integridad, detectándose que muchos ciudadanos venezolanos continúan imposibilitados para renovar su pasaporte y, por lo tanto, para acceder a los procedimientos de extranjería, por lo que, a partir del día de la fecha de la citada Instrucción, se otorgará validez a los pasaportes caducados de aquellas personas nacionales de Venezuela para la tramitación y continuación de cualquiera de las autorizaciones y permisos regulados en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero.

Nota aclaratoria sobre la Disposición Transitoria Segunda del RD 1155/2024, de 19 de noviembre

Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.

05-11-2024 - El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el día 4 de noviembre de 2024 la Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos, que nos resultará de utilidad por lo siguiente:

En primer lugar, en materia de extranjería, esta colaboración se considera precisa a los efectos tanto de la comprobación del mantenimiento de requisitos que dieron lugar a la concesión de autorizaciones de residencia como, con carácter general, como medio de simplificación de determinados procedimientos.

Así, el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, al regular los procedimientos de autorizaciones iniciales de residencia y trabajo, establece, entre los requisitos para acceder a las mismas, que el empleador esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, siendo el órgano competente para recabar de oficio dicho informe la Dirección General de Gestión Migratoria, las Oficinas de Extranjería o el correspondiente de la comunidad autónoma, en el caso de que haya asumido competencias en la materia.

Igualmente, la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, también establece entre los requisitos exigibles a los sujetos obligados para las autorizaciones de estancia o residencia, que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.

En segundo lugar, la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, gestiona prestaciones y ayudas de carácter asistencial en cuya tramitación se hace necesaria la comprobación de la posible alta de sus solicitantes y familiares convivientes, al objeto de comprobar los ingresos declarados por los mismos.

En tercer lugar, por lo que respecta a las ayudas y subvenciones que se gestionan en el ámbito de la SEM y, en particular, las que gestionan tanto la Dirección General de Gestión Migratoria como la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 13.2, apartado e,) que «no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes (…): e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente».

Por último, también corresponde a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, como órgano de concertación competente para la concesión de la autorización de acción concertada –tanto para la gestión del sistema de acogida de protección internacional como para la gestión de programas de atención humanitaria–, la comprobación de que las entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social

Por ello, en razón a cuanto antecede y de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, la SEM y la TGSS, acuerdan firmar el presente convenio de colaboración entre ambos órganos, lo que supone un paso hacia adelante en la interconexión entre Administraciones.

Puede consultar todo lo relativo al Convenio en el siguiente documento que recoge su publicación en el BOE.

Proyecto de Real Decreto XX por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería

22-07-2024 - Hoy ha sido publicado en trámite de audiencia e información pública el PROYECTO DE REAL DECRETO XX POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL, con el objeto de recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados el citado proyecto ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades.

Para acceder al texto completo, pincha el siguiente link:

Proyecto de Real Decreto XX por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería

En el citado link también podrás realizar aportaciones hasta el 10 de septiembre de 2024.

Acuerdos

25/03/2024 - Acuerdo Interministerial de colaboración entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ministerio del Interior en materia de tramitación de autorizaciones para nacionales de terceros países que desean trabajar en el sector del transporte terrestre en España.

Autorizaciones de Extranjería

Captura de la página de la sede electrónica de Administraciones Públicas con el trámite Autorizaciones de Extranjería de la Plataforma Mercurio.

19-03-2024 - Se encuentra disponible la posibilidad de presentación de recursos por parte del ciudadano, a través de la Sede electrónica de Administraciones Públicas, comúnmente denominada “plataforma Mercurio”.