NIPO: 121-21-001-7
Aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez
Los viajeros que lleguen a España por vía aérea desde Brasil y Sudáfrica tendrán que guardar una cuarentena obligatoria de 10 días a su llegada a nuestro país, permaneciendo en su domicilio o alojamiento, limitando los desplazamientos y el acceso a terceras personas.
Estas restricciones se podrán reducir a 7 días si, a la semana de estar en España, los afectados aportan una RT-PCR negativa u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes o test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo igual o superior al 90% de sensibilidad e igual o superior al 97% de especificidad.
La orden ministerial que regula estas medidas, que ha sido aprobada por la responsable de Sanidad, Carolina Darias, entrará en vigor el día 22 de febrero a las 00:00 horas, por un período inicial de 14 días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan.
Es una orden, según Darias, “absolutamente necesaria, imprescindible y urgente para evitar propagación de las variantes” brasileña y sudafricana del COVID-19 y se suma a otras medidas ya en vigor, como las restricciones ya acordadas por el Consejo de Ministros sobre los vuelos desde Brasil y Sudáfrica o la exigencia de una PCR negativa 72 horas antes de la llegada a nuestro país. Además, según ha señalado la ministra, tiene encaje en el enfoque común de las medidas de cuarentena, limitación y control de la Unión Europea y las recomendaciones del Consejo Europeo.
CdE