NIPO: 121-21-001-7
La medida busca limitar la propagación de la COVID-19
El Consejo de Ministros, del 26 de enero, ha aprobado una tercera prórroga del acuerdo que limita los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y España. Con este acuerdo, la medida estará vigente hasta el próximo 16 de febrero a las 18:00 horas.
La limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles está en vigor desde el 22 de diciembre, después de que el Consejo de Ministros aprobara medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, a raíz de la nueva variante del SARS-CoV-2 identificada en Reino Unido.
El Acuerdo únicamente permite realizar vuelos desde cualquier aeropuerto situado en el Reino Unido a cualquier aeropuerto situado en España cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra. Este es también el requisito para permitir la entrada de buques en los puertos españoles.
En función de la evolución de la situación y de la pandemia, y especialmente de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, estas limitaciones antes de la finalización del plazo establecido.